jueves, 14 de julio de 2011

Etica Discursiva


La ética discursiva justifica el contenido de una moral del igual respeto y la responsabilidad solidaria, y lo hace a través de la reconstrucción racional de los contenidos de una tradición moral asentada en ruinosos fundamentos religiosos de validez. El principio discursivo responde a la dificultad de los miembros de una comunidad moral que siguen discutiendo sobre juicios y tomas de postura morales después del desmoronamiento del consenso sustancial de fondo sobre las normas morales básicas y que reconocen estos conflictos como morales (solucionables de modo fundamentado).

Los interesados no quieren dirimir sus conflictos con la violencia o el compromiso, pero fracasan en el intento de desarrollar un autoentendimiento ético común dadas las condiciones diferenciadas de las sociedades pluralistas. Aprenden que el cercioramiento crítico de sus valoraciones conduce a concepciones del bien que compiten entre sí. Ante esta falta de acuerdo sobre los contenidos de las normas, los interesados perciben que comparten una formas de vida comunicativa estructurada por el entendimiento lingüístico y que estas formas de vida, entretejidas con relaciones de reconocimiento recíproco, poseen aspectos estructurales comunes que podrían ocultar contenidos normativos. Aunque también es verdad que estas propiedades de las formas de vida comunicativa no son razón suficiente para que los miembros de una comunidad avancen hacia las relaciones de reconocimiento recíproco inclusivas del universalismo igualitario.

Las personas sólo se convierten en individuos a través de la socialización y de ahí se deduce que la consideración moral une la justicia con la solidaridad: el respeto recíproco para todos, que exige el universalismo sensible a las diferencias, quiere una inclusión no niveladora ni cosificadora del otro en su alteridad. Las obligaciones de la acción comunicativa no trascienden los límites de la familia, el clan o la nación, mientras que en los presupuestos pragmáticos de las deliberaciones racionales se universaliza, abstrae y desborda el contendio normativo de los supuestos prácticos de la acción comunicativa. Se vislumbra así una salida a la pérdida del apoyo ontoteológico de los interesados y a su necesidad de crear sus propias orientaciones normativas, para lo que sólo pueden recurrir a lo que tienen actualmente (las propiedades formales de la situación de deliberación realizativamente compartida).

En lugar de una fundamentación sustantiva de corte tradicional podría restituirse un aspecto de la forma comunicativa, bajo el que sería posible una fundamentación de las normas morales, convincente por su imparcialidad. A partir de aquí hay tres pasos hasta lograr una fundamentación teórica del punto de vista moral.

1. Al considerar la práctica deliberativa como único recurso posible, la referencia a los contenidos de la moral se sustituye por la autorreferencia con la forma de esta práctica: esto lleva al principio discursivo (D) a concepto, pues sólo tienen pretensiones de validez las normas que podrían suscitar la aprobación en discursos prácticos de todos los interesados.

2. La introducción condicional de D indica la condición que satisfarían las normas válidas si pudieran fundamentarse. Algo que los interesados pueden imaginarse por su costumbre de fundamentar proposiciones asertóricas. Lo que falta para hacer D operativo es una regla de argumentación que indique cómo fundamentar las normas morales. El principio de universalización, U, inspirado por D, quiere decir que una norma es válida sólo cuando las consecuencias que previsiblemente se desprenderían de su seguimiento general para las constelaciones de intereses y orientaciones valorativas de cada cual podrían aceptarse sin coacción conjuntamente por todos los interesados.

3. Una regla de argumentación similar a la anterior podría satisfacer a los interesados siempre que sea útil y no resulte contraintuitiva, pero para el teórico de la moral falta un último paso fundamentador. En efecto, la extensión universal de la práctica argumentativa y la falta de alternativas a ella parecen avalar la neutralidad del principio discursivo, pero en la abducción de U podría colarse de rondón una precomprensión etnocéntrica, una determinada y particular concepción del bien. La fundamentación de la ética discursiva consiste en que U, junto a la representación de la fundamentación de normas expresada en D, puede obtenerse a partir del contenido implícito de los presupuestos universales de la argumentación. Esto es fácil de ver sin más que tener en cuenta que con la práctica argumentativa se pone en marcha una competición cooperativa que une a los participantes en el orientarse al objetivo del entendimiento.



Jürgen Habermas (n. Düsseldorf; 18 de junio de 1929) es un filósofo y sociólogo alemán, conocido sobre todo por sus trabajos en filosofía práctica (ética, filosofía política y del derecho). Gracias a una actividad regular como profesor en universidades extranjeras, especialmente en Estados Unidos, así como por la traducción de sus trabajos más importantes a más de treinta idiomas, sus teorías son conocidas, estudiadas y discutidas en el mundo entero. Habermas es el miembro más eminente de la segunda generación de la Escuela de Fráncfort y uno de los exponentes de la Teoría crítica desarrollada en el Instituto de Investigación Social. Entre sus aportaciones está la construcción teórica de la democracia deliberativa y la acción comunicativa.




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